Septiembre 07, 2008n
<< Regresar
por: adefupla.
Disciplinario.

ACTA DE PRIMERA SESIÓN EXTRAORDINARIA.

TRIBUNAL DISCIPLINARIO

LIGA PROFESIONAL – PRIMERA DIVISION

Primera Sesión Extraordinaria

HEXAGONALES Y TORNEO DE COPA

TEMPORADA 2007

Sesión Extraordinaria celebrada por el Tribunal Disciplinario, de Fútbol Playa Primera División, en las instalaciones del Bufete Guardiola & Asociados San José a las trece horas del veintidós de junio del 2007.

PRESENTES:

Presidente: Lic. Christian Guardiola A.

Vicepresidente: Lic. Gabriel. Zelada Chavarria

Secretaria: Lic. Hellen Saborío S.

PRIMERO: Conoce este Tribunal Disciplinario de Fútbol Playa, Primera División, una ampliación al ACTA NÚMERO 10 celebrada en esta misma ciudad a las catorce horas del veinte de junio del 2007, referente a la SEGUNDA FECHA del TORNEO COPA, específicamente en el encuentro celebrado entre SICORSA vrs ANAFA CONFECCIONES, con respecto a la expulsión del jugador Víctor Quesada del equipo de Sicorsa, el cual fue expulsado por escupir al rostro de un contrario sin estar en disputa el balón.

Sobre el particular se acuerda:

- Se acuerda imponer al jugador Víctor Quesada del equipo de SICORSA tres partidos de suspensión y una multa de quinientos colones de conformidad con el artículo 39 y su agravante.

SEGUNDO: Conoce este Tribunal Disciplinario de Fútbol Playa, Primera División, una solicitud de revisión a la sanción impuesta al jugador Jorge Méndez Barboza en el ACTA NÚMERO 10 celebrada en esta misma ciudad a las catorce horas del veinte de junio del 2007, por los acontecimientos suscitados en el encuentro celebrado entre el DEPORTIVO SAPRISSA vrs PRESTAMAS REINAS–LIMON, en fecha: Domingo 17 junio de 2007 Hora: 11:00am, específicamente con respecto a la actitud del jugador Jorge Méndez Barboza del equipo Deportivo Saprissa, el cual con posterioridad a la expulsión, procedió a encimar e increpar, así como pechar y agredir golpeando con la cabeza el pecho y la frente del árbitro de dicho encuentro.

Una vez revisados los acontecimientos y el informe arbitral se acuerda:

- Se acuerda mantener dichas sanciones al jugador JORGE MENDEZ BARBOZA del equipo Deportivo Saprissa en cuya SUMATORIA DE LOS ACUERDOS, se le impusieron un total de 6 (SEIS) PARTIDOS DE SUSPENSIÓN Y MULTAS POR ¢1.050,00 (MIL CINCUENTA COLONES), haciéndole la aclaración al solicitante que este Tribunal fundamenta la aplicación del Reglamento de acuerdo a lo indicado en el informe arbitral y como podrá observar el solicitante, las sanciones impuestas al jugador Méndez Barboza obedecieron a dos acciones distintas cometidas por este, como lo son: a) la expulsión (un partido de suspensión y trescientos colones de multa), y b) los actos realizados por este con posterioridad a la expulsión (cinco partidos de suspensión y setecientos cincuenta colones de multa). Por lo que se mantienen incólumes las mismas.

TERCERO: DE OFICIO: Habiendo observado este Tribunal, que durante el transcurso del presente campeonato se ha externado algún tipo de disconformidad en cuanto a la rigurosidad de las sanciones que se imponen, nos permitimos realizar la siguiente manifestación: “Uno de los principales pilares de todo ordenamiento jurídico proviene de la aplicación de una normativa en franco apego a lo que la reglamentación establece. En el caso del Tribunal, la interpretación y aplicación de las sanciones proviene precisamente del Reglamento que al efecto se ha aprobado para realizar dichas actividades. Es decir, la labor del Tribunal queda sujeta a la letra de la misma normativa. Por tal motivo, y en cuanto a cualesquiera personas que tengan en forma directa o indirecta algún tipo de nexo causal con respecto a las labores encomendadas a este Tribunal, debemos indicarles que los cánones establecidos para dichos efectos son conocidos por todos, y la Reglamentación aprobada ----independientemente de los motivos que se haya tenido para mantenerla----- proviene de años anteriores, por lo que nuestra labor se circunscribe a la aplicación de la normativa existente en la actualidad”.

Por tal motivo, este Tribunal acuerda:

-Se acuerda elevar la presente inquietud al Comité de Competición en cuanto a que en el próximo Torneo se analice la posibilidad de mantener, adecuar o modificar el Reglamento existente de acuerdo a las inquietudes de todos lo participantes, haciendo la aclaración que este Tribunal es un simple órgano aplicador del derecho, y en ese tanto, no se puede arrogar facultades que no le han sido conferidas, como lo es la modificación o adecuación del mismo, ya que esta labor no es propia de nuestra competencia.

Sin más asuntos que tratar se cierra la sesión al ser las trece horas del veintidós de junio del 2007.

Lic. Christian Guardiola A.

                                                          Presidente

Lic. Gabriel Zelada Chavarria                   Licda Hellen Saborío S.

                             Vicepresidente                                        Secretaria